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miércoles, 26 de junio de 2013

Diputados aprueban el Código Penal


Santo Domingo
Después de doce años de discusión y múltiples propuestas, finalmente la Cámara de Diputados aprobó anoche un proyecto que modifica el actual Código Penal Dominicano, que ya tiene 129 años de vigencia.
Aunque se  mantuvo la penalización del aborto, acogiendo lo que establece  el artículo 37 de la Constitución de la República, de que “la vida es inviolable desde la concepción hasta la muerte”, los diputados modificaron la propuesta original para permitir el aborto terapéutico. 
Sin embargo, la propuesta de la diputado Josefa Castillo establece que la interrupción del embarazo no será penalizada, siempre y cuando sea practicado por personal médico especializado en centros de salud públicos y privados, y que se trata de una necesidad para salvar a la madre, tal y como lo establece el código vigente  en el artículo 10.
La iniciativa, resultado de una comisión de juristas designada por el Poder Ejecutivo y encabezada por el doctor Artagnán Pérez Méndez,   fue acogida a unanimidad en primera y segunda lectura y contó con 122 votos a favor y 3 en contra de Pelegrín Castillo, Guadalupe Valdez y Juan Hubieres. Pasa ahora al Senado de la República.
Unos 24 diputados participaron en los debates que se extendieron durante seis horas en la sala de hemiciclo y afuera del Congreso Nacional había protestas de grupos defensores de los derechos de la mujer.
Las penalidades
En  proyecto  mantiene la penalización del aborto e impone penas de cárcel de dos a tres años de prisión menor a quienes cooperen o causen la interrupción del embarazo de una mujer por medio de alimentos, brebajes, medicamentos, sondeos, tratamientos o de otro modo, aun cuando ésta lo consienta. Igual pena es prevista para la mujer que aborte. Mientras que los médicos, enfermeras, farmacéuticos y otros profesionales de la medicina, así como las parteras que “abusando de su profesión u oficio causen o ayuden a causar el aborto serán sancionados con penas de cuatro a diez años de prisión.

Además, aumenta la pena máxima de prisión de 30 a 40 años; se penaliza la invasión y ocupación de tierra; el feminicidio se castiga con 40 años de prisión y el secuestro con penas de  20 a 30 años. Asimismo, los adultos que induzcan al delito a menores recibirán penas de 4 a 10 años de prisión.
Otras sanciones
La violencia doméstica o intrafamiliar se sancionará con   penas de 4 a 10  años de prisión mayor y multa de cuatro a diez salarios mínimos. Estas sanciones aumentarán cuando la infracción cause daños corporales o psicológicos de consideración: de 30 a 40 años de prisión  y multa de 30 a 40 salarios cuando cause muerte; de 20 a 30 cuando cause lesión o daño permanente y de diez a 20 cuando cause incapacidad por más de 90 días.

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